🏢 ¿TIENES UN TRABAJADOR DE BAJA MÉDICA? GUÍA 2025 PARA EMPRESAS
Gestionar correctamente una baja médica es clave para evitar errores, sanciones o conflictos laborales. En esta guía rápida para empresas y responsables de RRHH explicamos qué hacer, qué no hacer y qué ha cambiado desde la reforma de 2023.
📩 1. ¿El trabajador debe entregar el parte de baja?
NO. Desde abril de 2023, el médico comunica la baja al INSS, y este lo notifica directamente a la empresa por vía telemática (RED o Importass).
⚠️ Importante: La empresa ya no puede exigir el parte en papel. Si lo hace, podría ser sancionada.
⏱ 2. ¿Cuándo recibes el parte?
- El mismo día que el médico lo emite
- Vía sistema RED o mediante una gestoría
Revisa cada día los avisos en el buzón del Sistema RED para no perder notificaciones.
💰 3. ¿Quién paga la baja y cuánto?
Días | % Salario | Quién paga |
---|---|---|
1 a 3 | 0 % | No se paga |
4 al 15 | 60 % | Empresa |
16 al 20 | 60 % | INSS / Mutua |
21 en adelante | 75 % | INSS / Mutua |
📌 En bajas por accidente laboral o enfermedad profesional, la empresa paga el 75 % desde el primer día, y luego lo recupera de la mutua.
🧾 4. Obligaciones de la empresa
- Consultar notificaciones diarias de bajas, altas o partes de confirmación
- No contactar al trabajador para pedirle informes médicos
- Respetar su situación: no presionarle para reincorporarse
- Realizar correctamente el pago delegado si corresponde
🛑 5. ¿Se puede despedir a alguien de baja?
Sí, pero no por estar de baja. El despido debe estar basado en causas objetivas o disciplinarias justificadas.
Desde la reforma laboral, despedir a una persona de baja puede ser considerado:
- Improcedente → indemnización
- Nulo → reincorporación y salarios de tramitación
🔍 Consejo: Antes de tomar decisiones disciplinarias mientras un trabajador está de baja, consulta con tu asesoría laboral o abogado.
📊 6. ¿Puedes sustituir al trabajador?
✔️ Sí, con un contrato de sustitución por incapacidad temporal (antiguo interino). No genera indemnización y se extingue al reincorporarse el titular.
Comentarios
Publicar un comentario